Comité de Coordinación Regional. El Comité de Coordinación Regional será aeronáutico o aeroportuario, según la dependencia del nivel regional que lo convoque. El mismo estará integrado por el Director Aeronáutico o aeroportuario con sus respectivos jefes de división y se constituye en el órgano consultivo del Director Regional para definir en lo de su competencia las políticas técnicas y administrativas de su nivel.
Decreto 2724 de 1993 →Vigente
Artículo 42
Comité De Coordinación Regional
Decreto 2724 de 1993 · por el cual se modifica la estructura de la Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil y se determinan sus funciones.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.