Micelio

Artículo 4

Decreto 3227 de 1950 · por el cual se suspende algunas disposiciones legales y se dictan normas sobre el Seguro Social Obligatorio.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo cuarto. Fuera de los casos en que, de acuerdo con los estatutos de las Cajas seccionales, los Gerentes de ésta pueden ser destituidos por el Consejo Directivo del Instituto a petición de las Juntas Directivas, también podrán serlo sin mediar tal petición cuando a juicio, del Consejo Directivo del Instituto, existan motivos que justifiques la destitución. En estos casos, y en todos los demás en que falte en forma absoluta el Gerente de una Caja Seccional, el Gerente General del Instituto nombrará un Gerente interino mientras la respectiva Junta Directiva presenta le terna para nombramiento del titular.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 3227 de 1950