Celebración de consultas. Durante los sesenta (60) días siguientes a la solicitud de consultas por parte del Comité de Asuntos Aduaneros, Arancelarios y de Comercio Exterior, el Ministerio de Comercio Exterior, en coordinación con el Incómex adelantará consultas bilaterales con los Miembros exportadores afectados por la medida, con el objeto de revisar la situación y establecer el nivel de restricciones que sea apropiado. Cuando en las consultas se llegue al entendimiento de que la situación exige la limitación de las importaciones provenientes de determinado Miembro exportador, se fijará para esas limitaciones un nivel que no será inferior al nivel efectivo de las exportaciones o importaciones procedentes del Miembro afectado durante el período de 12 meses que finalice dos meses antes del mes en que se haya hecho la solicitud de consultas.
Decreto 152 de 1998 →Vigente
Artículo 64
Celebración De Consultas
Decreto 152 de 1998 · por el cual se establecen los procedimientos y criterios para la adopción de medidas de salvaguardia general, salvaguardia de transición para productos comprendidos en el acuerdo sobre textiles y el vestido y, salvaguardia especial para productos agropecuarios.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.