Micelio

Artículo 1

Modifícase El Parágrafo 1° Del Artículo 4° Del Decreto 405 De 2007, El Cual Quedará Así: “ Parágrafo 1°

Decreto 2808 de 2007 · por el cual se modifica parcialmente el Decreto 405 de 2007.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Modifícase el

Parágrafo 1

del artículo 4° del Decreto 405 de 2007, el cual quedará así: “

Parágrafo 1

La Interventoría del contrato que se suscriba con la Entidad Liquidadora, será contratada por el Ministerio de la Protección Social con cargo a los recursos de la entidad en liquidación, o será ejercida por quien este designe”.

Parágrafo 1

Artículo 4 DECRETO 405 de 2007

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2808 de 2007