Micelio

Artículo 115

La Reincidencia En Las Infracciones De Que Trata El Artículo Anterior En Un Período De Dos (2) Años, Se Sancionará Con La Cancelación De La Licencia De Funcionamiento De La Respectiva Empresa

Decreto 1787 de 1990 · por el cual se dicta el Estatuto Nacional de Transporte Público Colectivo Municipal de Pasajeros y Mixto.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

ARTICULO 115. La reincidencia en las infracciones de que trata el artículo anterior en un período de dos (2) años, se sancionará con la cancelación de la licencia de funcionamiento de la respectiva empresa.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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