Micelio

Artículo 135

Vigencia De Habilitación

Decreto 1165 de 2019 · por el cual se dictan disposiciones relativas al Régimen de Aduanas en desarrollo de la Ley 1609 de 2013.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

VIGENCIA DE HABILITACIÓN. Las habilitaciones que conceda la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) como centro de distribución logística internacional y zona de verificación para la modalidad de tráfico postal y envíos urgentes, tendrán un término indefinido. Cuando alguno de estos usuarios esté sujeto a concesión o autorización por parte de otras autoridades, deberá presentar la renovación de la respectiva concesión o autorización de tales autoridades como requisito para mantener la vigencia indefinida ante la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN). La vigencia de que trata el presente artículo está sujeta al mantenimiento de los requisitos y, en especial, a la vigencia de las garantías exigibles.

Parágrafo

La autoridad aduanera podrá, en cualquier momento, verificar el mantenimiento de los requisitos exigidos para la habilitación y tomar las acciones correspondientes en caso de incumplimiento.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1165 de 2019