º . El manejo de los recursos y excedentes de liquidez del Fondo Nacional de Regalías estará a cargo de la Dirección General del Tesoro Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, en una cuenta separada y especial. Los rendimientos financieros que genere la anterior cuenta pertenecen al Fondo Nacional de Regalías. La Dirección General del Tesoro Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, actuará como tesorería del Fondo Nacional de Regalías. CAPITULO II. De la integración de la Comisión Nacional de Regalías, de la toma de decisiones y del Director General
Decreto 1178 de 1999 →Inexequible
Artículo 5
Decreto 1178 de 1999 · por el cual se reestructura la Comisión Nacional de Regalías
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.