Micelio

Artículo 24

Clasificación Personal Civil

Decreto 1843 de 1994 · por el cual se aprueba el Estatuto Interno de la Caja Promotora de Vivienda Militar

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Clasificación personal civil. Para efectos de afiliación o vinculación por contrato de prestación de servicios y demás asuntos inherentes previstos en el presente estatuto interno, el personal civil al servicio de las Fuerzas Militares, Ministerio de Defensa Nacional, la Policía Nacional y la Caja Promotora de Vivienda Militar será clasificado por la Junta Directiva.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1843 de 1994