Micelio

Artículo 50

Salvo Las Excepciones Que Consagra Este Estatuto, Los Nombramientos Para Empleos Comprendidos En La Carrera Administrativa Serán Hechos En Períodos De Prueba O Con Carácter Definitivo Según El Caso, Y Deberán Recaer En Las Personas Indicadas Por La Comisión De Reclutamiento, Ascensos Y Disciplina, De Acuerdo Con Las Listas De Elegibles Formadas Por Ésta, Con Base En El Mérito Mediante Concurso

Decreto 1732 de 1960 · Sobre Servicio Civil y Carrera Administrativa

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Salvo las excepciones que consagra este estatuto, los nombramientos para empleos comprendidos en la Carrera Administrativa serán hechos en períodos de prueba o con carácter definitivo según el caso, y deberán recaer en las personas indicadas por la Comisión de Reclutamiento, Ascensos y Disciplina, de acuerdo con las listas de elegibles formadas por ésta, con base en el mérito mediante concurso.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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