Micelio

Artículo 10

Estrategia Móvil

Ley 2389 de 2024 · por medio del cual se establece la canasta básica cultural en el país.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Créese una estrategia móvil en cabeza del Ministerio de las Culturas, las Artes y los Saberes, con la colaboración del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, y sus fondos y entidades adscritas en el marco de sus competencias legales, para fortalecer e incentivar el consumo de los elementos de la Canasta Básica Cultural a las poblaciones urbanas y rurales que no cuenten con oferta cultural o que esta sea carente de productos y servicios artísticos, culturales y de otros municipios priorizados de acuerdo con el enfoque territorial teniendo en cuenta los municipios PDET y ZOMAC.

Parágrafo 1

Equipamientos culturales. A partir de la Encuesta de Consumo Cultural (ECC) del DANE, el Ministerio de las Culturas, las Artes y los Saberes, identificará los territorios con menor cantidad de equipamiento culturales, que serán priorizados para la implementación de la estrategia móvil.

Parágrafo 2

El Ministerio de las Culturas, los Artes y los Saberes implementará un enfoque diferencial de atención territorial para los municipios PDET, ZOMAC y de categorías 5 y 6, en aras de darles prelación en la provisión de equipamientos culturales.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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