Micelio

Artículo 10

Cuando Algún Propietario De Los Que Deben Contribuir Para Los Gastos De La Empresa Del Desagüe De Lugar A Ejecución, Se Le Recargará La Cuota Asignada Con Quince Por Ciento (15%) Para Cubrir Los Gastos De Recaudación

Decreto 1086 de 1893 · En ejecución de la Ley 137 de 1888

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Cuando algún propietario de los que deben contribuir para los gastos de la Empresa del desagüe de lugar a ejecución, se le recargará la cuota asignada con quince por ciento (15%) para cubrir los gastos de recaudación.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1086 de 1893