Micelio

Artículo 14

La Empresa Colombiana De Petróleos Podrá Renunciar En Cualquier Tiempo A Las Concesiones De Las Cuales Llegare A Ser Única Titular Y Las Respectivas Zonas Quedarán Sujetas A Las Disposiciones Del Decreto 2310 De 1974

Decreto 743 de 1975 · Por el cual se reglamenta parcialmente el decreto legislativo 2310 de 1974

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El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

La Empresa Colombiana de Petróleos podrá renunciar en cualquier tiempo a las concesiones de las cuales llegare a ser única titular y las respectivas zonas quedarán sujetas a las disposiciones del Decreto 2310 de 1974.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 743 de 1975