Micelio

Artículo 3

Decreto 52 de 1879 · Por el cual se prohíbe la comunicación con el Estado de Antioquia i se establece la formalidad del pasaporte para viajar en él i en los Municipios i Departamentos limítrofes del Cauca i el Tolima

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Art. 3. ° Todas las personas que obren contra la prevencion que contiene el artículo anterior, serán detenidas por la autoridad pública; hecho del cual se dará cuenta al Poder Ejecutivo para que determine lo que juzgue conveniente.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 52 de 1879