Micelio

Artículo 24

La Cancelación De Licencia Y Matrícula O L A Suspensión En El Ejercicio Profesional Serán Ordenadas Por El Consejo Nacional Profesional De Ingeniería Y Arquitectura, De Oficio O A Solicitud De Cualquier Interesado, Y Oido El Concepto Del Comité Nacional De Técnicos Constructores

Decreto 523 de 1976 · Por medio del cual se reglamenta la Ley 14 de 1975

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

La cancelación de licencia y matrícula o l a suspensión en el ejercicio profesional serán ordenadas por el Consejo Nacional Profesional de Ingeniería y Arquitectura, de oficio o a solicitud de cualquier interesado, y oido el concepto del Comité Nacional de Técnicos Constructores.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 523 de 1976