Micelio

Artículo 16

Estrategia De Prevención Y Atención

Ley 2447 de 2025 · por medio del cual se eliminan todas las formas de uniones tempranas en las cuales uno o ambos contrayentes o compañeros permanentes sean menores de 18 años y se fortalece la Política Pública Nacional de Infancia y Adolescencia mediante la creación del programa nacional de proyectos de vida para niños, niñas y adolescentes.

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El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Se fortalecerá la Política Pública Nacional de Infancia y adolescencia a través de la creación del programa nacional “Proyectos de vida digna” para niños, niñas y adolescentes en cabeza del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF) y en articulación con el Ministerio de Salud y Protección Social, el Departamento Nacional de Planeación y demás entidades competentes.

Dicho programa estará orientado a niños, niñas y adolescentes con el fin de promover proyectos de vida en la niñez y adolescencia y prevenir las uniones tempranas y otras formas de violencia infantil.

Parágrafo 1

El Instituto Colombiano de Bienestar Familiar emitirá un informe al Congreso de la República cada año sobre las acciones ejecutadas, logros alcanzados y la evaluación de impacto de esta ley en el marco del Programa Nacional “Proyectos de vida digna” para niños, niñas y adolescentes.

Parágrafo 2

El programa contará con una estrategia de prevención y atención, la cual hará parte de la actual política pública nacional de infancia y adolescencia en cabeza del instituto Colombiano de Bienestar Familiar, el Ministerio de Salud y Protección Social, el Departamento Nacional de Planeación y demás entidades que se consideren necesarias en la garantía de los derechos de niñas, niños y adolescentes para prevenir matrimonios infantiles, uniones maritales de hecho y uniones tempranas y garantizar medidas de restablecimiento de los derechos de las niñas, niños y adolescentes que han sido afectados por estas formas de violencia. La estrategia deberá incluir un especial énfasis en los niños, niñas y adolescentes que se encuentran en zonas rurales apartadas.

Parágrafo 3

Los Pueblos Indígenas a través de la Comisión Nacional de Mujeres Indígenas, en el marco de su autonomía y gobierno propio, participarán en el programa de prevención y atención del presente artículo.

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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