Adiciónese El Artículo 9° Del Decreto 4478 De 2006 Con El Siguiente Parágrafo: “ Parágrafo
Decreto 2176 de 2007 · por el cual se dictan disposiciones en relación con la administración de los recursos del Fondo Nacional de Pensiones de las Entidades Territoriales, Fonpet.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
°. Adiciónese el artículo 9° del Decreto 4478 de 2006 con el siguiente
Parágrafo
“
Parágrafo
Las inversiones en títulos TES objeto de la administración transitoria que sean transferidas por la Dirección General de Crédito Público y del Tesoro Nacional (DGCPTN) a los patrimonios autónomos del Fonpet no se tendrán en cuenta para el cálculo de la rentabilidad mínima por el lapso de dieciocho (18) meses contados a partir del recibo de las mismas por parte de la entidad administradora. Las inversiones recibidas en títulos TES que sean sustituidas, redimidas o negociadas por las entidades administradoras, pasarán a formar parte de la base de cálculo de rentabilidad mínima en el mismo período”.
Parágrafo
) Artículo 9 DECRETO 4478 de 2006
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.