<Decreto derogado por el artículo 60 del decreto 627 de 1974> Son funciones de la Oficina de Divulgación:
Preparar, coordinar y evaluar los programas de divulgación del departamento.
informar a los funcionarios del Departamento acerca de las publicaciones que se hagan sobre las actividades de este o que se relacionen con ellas.
Preparar informes periódicos sobre el desarrollo de las actividades del Departamento con destino a la Presidencia de la República y los datos y publicaciones indispensables para que la Secretaría de Información y prensa de la misma entidad pueda presentar en el interior y en el exterior del país el curso del desarrollo económico nacional.
las demás que le asigne el Jefe del Departamento.
División de Sistematización y procesamiento de Datos.