Micelio

Artículo 10

Cada Una De Las Intendencias Será Administrada Por Un Empleado Superior, Agente Inmediato Del Gobierno, Que Se Denominará Intendente

Decreto 392 de 1892 · En ejecución de la Ley 13 de 1892, sobre administración de los Territorios de San Martín y Casanare

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El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Articulo 10. Cada una de las Intendencias será administrada por un empleado superior, agente inmediato del Gobierno, que se denominará Intendente.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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