Autorízase al Gobierno Nacional para afianzar o avalar un empréstito, interno o externo, del Departamento del Quindío hasta por la suma de cinco millones de pesos ($ 5'000.000.), el cual deberá ser destinado para cubrir los gastos de instalación del nuevo Departamento.
Ley 2 de 1966 →Vigente
Artículo 13
Ley 2 de 1966 · Por la cual se crea y organiza el Departamento del Quindío
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.