Para los fines del artículo anterior, el Gobierno Nacional podrá declarar de utilidad pública las zonas que se requieran para la ampliación de la vía y procederá a la expropiación respectiva. igualmente quedan sometidas al impuesto de valorización las fincas colindantes con la expresada vía; y las sumas que se deduzcan por este concepto se destinan para incrementar la partida senalada por esta Ley para la realizacion de la obra.
Ley 57 de 1946 →Vigente
Artículo 6
Ley 57 de 1946 · Por la cual se confieren unas autorizaciones al Órgano Ejecutivo y otras al Contralor General de la República, relativas a la organización de la IX Conferencia Internacional Americana, y se adoptan disposiciones relativas a esa Organización
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.