° La inscripción se hará por triplicado en formularios especiales, reglamentados por el Departamento Administrativo Nacional de Estadística. El Ministerio de Educación Nacional, por conducto de las Direcciones Departamentales de Educación, suministrará dichos formularios a los Directores de los Establecimientos Educativos, que deberán consignar los siguientes datos
Nombre y dirección del plantel;
Enseñanzas que se dictan, de acuerdo con la clasificación y definiciones consignadas en los artículos 3° y 4° de este Decreto;
Nombre del propietario del plantel;
Nombre del Director responsable.