Micelio

Artículo 1

º

Decreto 820 de 1999 · por el cual se establece una medida de salvaguardia

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. Aplicar una medida de salvaguardia a las importaciones de arroz originarias de Ecuador y clasificadas por las partidas arancelarias del Arancel de Aduanas que se incluyen a continuación, la cual consiste en un contingente de 76.557 toneladas de arroz en términos de paddy seco: 1006.10.90.00 1006.20.00.00 1006.30.00.00 1006.40.00.00

Parágrafo

Para convertir arroz paddy seco, clasificable por la partida arancelaria 1006.10.90.00, a las demás clases de arroz se utilizarán los siguientes coeficientes técnicos: Arroz paddy seco (1006.10.90.00) x 0.78 = Arroz descascarillado (1006.20.00.00). Arroz paddy seco (1006.10.90.00) x 0.57 = Arroz blanqueado (1006.30.00.00) o arroz partido (1006.40.00.00).

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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