Micelio

Artículo 11

Fijación Y Asignación De Medidas

Ley 2530 de 2025 · por medio de la cual se adoptan medidas tendientes a proteger integralmente a niños, niñas, adolescentes y jóvenes entre dieciocho (18) y hasta los veinticinco (25) años de edad, que pertenezcan a los grupos A, B, y C del Sisbén IV, y que su condición de dependencia económica y/o de cuidado se vea afectada por la pérdida de la madre o mujer que tenga la patria potestad o custodia legal, víctima del delito de feminicidio, se modifica parcialmente la Ley 1098 de 2006 y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

En el proceso de fijación y asignación de las medidas de asistencia de las que trata la presente ley, la entidad competente garantizará que éstas sean percibidas y administradas por las personas idóneas.

Será objeto de análisis por parte de la Fiscalía General de la Nación en coordinación con las entidades administrativas que se requiera, si el victimario o presunto victimario es el padre del niño, niña o adolescente, quien se encuentra investigado, procesado o condenado por el delito de feminicidio. Bajo ninguna circunstancia las asignaciones de las que trata la presente ley pueden ser percibidas y/o administradas por quien haya sido sindicado, acusado, procesado o condenado como autor, coautor, instigador o cómplice del delito de feminicidio.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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