Micelio

Artículo 422

Para El Pago De Mercancías Extraviadas (Saqueos, Pérdidas, Robos Etc

Decreto 1941 de 1955 · Por el cual se hacen unas traslaciones en el Presupuesto vigente. (Ministerio de Hacienda y Crédito Público)

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El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo primero . Hácense las siguientes traslaciones en el Presupuesto de Gastos vigente: MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO CAPITULO 37 Servicio de Aduanas B31. Del artículo 422. Para el pago de mercancías extraviadas (saqueos, pérdidas, robos etc.) en las Aduanas y Oficinas de Encomiendas Postales $400.000.00 Suman los créditos $400.000.00 CAPITULO 37 Servicio de Aduanas A2a. Al artículo 407. Para el pago de jornales que requiera el servicio de las aduanas de la República y de sueldos a empleados super numerarios que se nombren en reemplazo de los que salgan en vacaciones, cuando las necesidades del servicio así lo exijan en la presente vigencia y anteriores $60.000.00 C1a (a) Al artículo 413 Para compra de muebles, enseres, equipo mecánico y elementos de laboratorio para el servicio del ramo de aduanas, en el año 240.000.00 C1a (b) Al artículo 416 Para reparación, conservación aseguro y repuesto de los vehículos aéreos marítimos y terrestres al servicio del ramo de aduanas en la presente vigencia y anteriores. 50.000.00 Ala. Al artículo 418. Para útiles de escritorio, materiales de laboratorio, formularios libros y registros de contabilidad, control, estadística y otros rusos pastas índices para los mismos, encuadernación y empasie, en la presente vigencia y anteriores. $50.000.00 Suman los créditos $400.000.00

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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