Micelio

Artículo 14

Funciones De La Vicepresidencia Técnica

Decreto 714 de 2012 · por el cual se establece la estructura de la Agencia Nacional de Hidrocarburos, ANH, y se dictan otras disposiciones

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Funciones de la Vicepresidencia Técnica . Son funciones de la Vicepresidencia Técnica de la Agencia Nacional de Hidrocarburos las siguientes

1.

Formular y estructurar opciones y oportunidades de exploración y explotación del subsuelo colombiano.

2.

Proponer los estudios e investigaciones en las áreas de geología y geofísica para generar nuevo conocimiento en las cuencas sedimentarias de Colombia con miras a evaluar y actualizar el potencial hidrocarburífero y optimizar el aprovechamiento del recurso.

3.

Establecer los términos técnicos generales para la estructuración de los proyectos que se requieran contratar.

4.

Supervisar de manera integral los proyectos de inversión, tendientes a evaluar y actualizar el potencial hidrocarburífero del país.

5.

Emitir conceptos técnicos requeridos por las demás Vicepresidencias en los temas relacionados con asignación de áreas, seguimiento a la exploración, seguimiento a la producción, fiscalización de áreas y los demás que requiera la entidad.

6.

Generar y administrar de manera integral el mapa de tierras.

7.

Formular las directrices y las estrategias para administrar y promocionar la Información Técnica, con miras a cumplir con los objetivos de la Agencia.

8.

Adoptar periódicamente la lista de precios para la venta de los servicios de información técnica.

9.

Actualizar el Manual de Suministro de Información Técnica y Geológica.

10.

Coordinar la estructuración técnica de las rondas competitivas.

11.

Las demás que le asigne el Presidente.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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