Son rentas gravables en cabeza de quienes las reciban, las compensaciones por servicios personales, aun en aquella parte que por cualquier motivo no se haya aceptado como deducción a las empresas o patronos.
Decreto 2317 de 1953 →Vigente
Artículo 12
Son Rentas Gravables En Cabeza De Quienes Las Reciban, Las Compensaciones Por Servicios Personales, Aun En Aquella Parte Que Por Cualquier Motivo No Se Haya Aceptado Como Deducción A Las Empresas O Patronos
Decreto 2317 de 1953 · Por el cual se dictan algunas normas de carácter impositivo
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.