º . Plan de Fomento . En el último trimestre de cada año, el. Director del Fondo en coordinación con la Oficina de Planeamiento del Sector Agropecuario, preparará el Plan de Fomento Agropecuario para la vigencia siguiente. El mencionado plan deberá ser aprobado por el Ministro de Agricultura, en el cual se señalarán las materias primas agropecuarias cuya producción se desea incrementar con la intensidad del incremento.
Decreto 710 de 1984 →Vigente
Artículo 9
º
Decreto 710 de 1984 · Por el cual se reglamenta el Decreto-Ley 133 de 1976, en lo relacionado con el Fondo de Fomento Agropecuario y se deroga una disposición
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.