Las nuevas Instituciones que proyecten crear y desarrollar programas de Educación Superior Abierta y a Distancia, deberán cumplir, previamente , los requisitos establecidos por los Decretos 80, 2747 y 2799 de 1980, sobre Estudio de Factibilidad y obtención del reconocimiento de Personería Jurídica. CAPITULO IV. Del régimen de licencia de funcionamiento, aprobación y autorización de programas de Educación Superior Abierta y a Distancia.
Decreto 1820 de 1983 →Vigente
Artículo 10
Las Nuevas Instituciones Que Proyecten Crear Y Desarrollar Programas De Educación Superior Abierta Y A Distancia, Deberán Cumplir, Previamente , Los Requisitos Establecidos Por Los Decretos 80, 2747 Y 2799 De 1980, Sobre Estudio De Factibilidad Y Obtención Del Reconocimiento De Personería Jurídica
Decreto 1820 de 1983 · Por el cual se reglamenta la Educación Superior Abierta y a Distancia
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.