Micelio

Artículo 7

Los Empleados Del Ramo Tienen El Deber De Estampar El Sello De La Oficina O Su Firma, En El Duplicado De Cada Telegrama Cuya Copia Presenten Los Introductores

Decreto 2221 de 1930 · Por el cual se reglamenta la ejecución de la ley 51 de 1930 y se dictan otras disposiciones relacionadas con la materia

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. Los empleados del ramo tienen el deber de estampar el sello de la oficina o su firma, en el duplicado de cada telegrama cuya copia presenten los introductores. Si los mensajes fueren oficiales, la autenticación podrá extenderse hasta en dos duplicados se así los presentan y exigen las entidades interesadas.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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