º. A partir del 20 de julio de 1973, el atributo estatal de la emisión de billetes será indelegable y lo ejercerá el Estado por medio del Banco de la República, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 1º de la Ley 7º de 1973 y en las normas del presente Decreto.
Decreto 2617 de 1973 →Vigente
Artículo 1
º
Decreto 2617 de 1973 · Por el cual se adoptan normas sobre organizaci?n y funcionamiento del banco de la rep?blica
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.