Artículo primero. Las partidas globales apropiadas en el Presupuesto de funcionamiento de la actual vigencia, para sueldos del personal de nómina, prima de alimentación y subsidios varios -becas y restaurante escolar-, de los Institutos Politécnicos Femeninos, el Instituto Femenino de Cultura Popular de Bogotá y la Escuda de Auxiliares de Enfermería rio Villa María-Manizales, se distribuyen así: CAPITULO 1210 División de Educación Media. Programa VI Educación Vocacional Femenina Subprogramas II Instituto Politécnicos Femeninos
Decreto 371 de 1961 →Vigente
Artículo 1
Decreto 371 de 1961 · Por el cual se distribuyen las partidas globales apropiadas para sueldos del personal de nómina, prima de alimentación y subsidios varios -becas- y restaurante escolar-, de los Institutos Politécnicos Femeninos, el instituto Femeninos de Cultura Popular de Bogotá. Y la Escuela de Auxiliares de Enfermería de Villa María. Manizales
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.