Micelio

Artículo 87

Los Recursos Recaudados Por Concepto De Peajes En Vías De La Red Vial Nacional No Concesionada, Serán Invertidos Por El Instituto Nacional De Vías En La Rehabilitación, Conservación Y Mantenimiento De La Vía Objeto Del Peaje Y, Cuando Esta Cumpla Con Los Estándares Técnicos Requeridos, Los Recursos Remanentes Resultantes Podrán Destinarse Por Este Instituto A La Rehabilitación, Conservación Y Mantenimiento De Vías De La Red Vial Nacional No Concesionada En El O Los Departamentos De Origen De Los Recursos

Decreto 2590 de 2022 · por el cual se liquida el Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal de 2023, se detallan las apropiaciones y se clasifican y definen los gastos.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Los recursos recaudados por concepto de peajes en vías de la red vial nacional no concesionada, serán invertidos por el Instituto Nacional de Vías en la rehabilitación, conservación y mantenimiento de la vía objeto del peaje y, cuando esta cumpla con los estándares técnicos requeridos, los recursos remanentes resultantes podrán destinarse por este Instituto a la rehabilitación, conservación y mantenimiento de vías de la red vial nacional no concesionada en el o los departamentos de origen de los recursos.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2590 de 2022