Revisión de pensiones . La Caja de Previsión Social de Comunicaciones, Caprecom, deberá realizar las verificaciones de que tratan los artículos 19 y 20 de la Ley 797 de 2003 y procederá a revocar directamente el acto administrativo mediante el cual se realizó el reconocimiento o a solicitar su revisión en los términos establecidos por las normas vigentes. Procederá de la misma forma a solicitud de la Nación-Ministerio de Hacienda y Crédito Público cuando dicha entidad detecte que algunas de las pensiones se encuentran incursas en una de las causales establecidas por el artículo 19 de la Ley 797 de 2003.
Decreto 2853 de 2006 →Vigente
Artículo 19
Decreto 2853 de 2006 · por el cual se suprime la Administración Postal Nacional, Adpostal, y se ordena su liquidación.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.