Micelio

Artículo 38

Para Los Efectos De Este Decreto, Los Funcionarios Del Ministerio De Agricultura Y Del Ministerio De Salud Publica Gozaran En El Desempeño De Sus Funciones Del Amparo Y Protección De Las Autoridades Civiles Y Militares, Y Tendrán El Carácter De Inspectores De Policía, De Acuerdo Con Lo Previsto En El Decreto Legislativo 1795 De 1950, Artículo 3ª

Decreto 779 de 1967 · Por el cual se reglamenta el comercio, industria y empleo de plaguicidas, defoliantes y reguladores de las plantas

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Para los efectos de este Decreto, los funcionarios del Ministerio de Agricultura y del Ministerio de Salud Publica gozaran en el desempeño de sus funciones del amparo y protección de las autoridades civiles y militares, y tendrán el carácter de Inspectores de Policía, de acuerdo con lo previsto en el Decreto legislativo 1795 de 1950, artículo 3ª.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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