✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Todo niño tiene derecho, por ministerio de la ley, a disfrutar de las condiciones necesarias para alcanzar su desarrollo corporal, su educación moral e intelectual y su bienestar social.
En consecuencia, los padres están obligados al sostenimiento de sus hijos.
En caso de incumplimiento de estas obligaciones serán compelidos de acuerdo con las disposiciones de esta Ley.
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Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.