Micelio

Artículo 2.2.7.6.3

Tarifa Diferencial En Internet Fijo O Móvil

Decreto 1070 de 2015 · por el cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Administrativo de Defensa.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Tarifa diferencial en internet fijo o móvil. Conforme al numeral tercero del artículo 9° de la Ley 1699 de 2013, los beneficiarios tendrán derecho a tarifas diferenciales con descuentos del quince por ciento (15%), única y exclusivamente en un solo plan de internet fijo o móvil por núcleo familiar; el cual tendrá que ser solicitado personalmente por el miembro de la Fuerza Pública con discapacidad o por alguno de los integrantes del núcleo familiar del miembro de la Fuerza Pública fallecido quien deberá estar acreditado y al momento de su solicitud presentará su carnet, junto con su documento de identidad.

TEXTO CORRESPONDIENTE A

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1070 de 2015