A los contribuyentes que se dediquen simultáneamente a la ganadería y a la agricultura, se les reconocerán como gastos deducibles a la renta bruta a los verificados también en cultivos agrícolas, (preparación de tierras, semillas, siembra, cuidado cultural, recolección, beneficio, transporte y ventas, etc).
Ley 64 de 1948 →Derogado
Artículo 3
Ley 64 de 1948 · Por la cual se adiciona el artículo 6° de la Ley 23 de 1945, se modifica el 5° de la misma Ley y se fomenta la cría de ganados
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Derogado
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.