º Sin ninguna excepción los estudios de factibilidad de los planes de premios de sorteos ordinarios y extraordinarios de las loterías, deberán estar acompañados de un reglamento de asignación y ajuste periódico de cupos de billetería para agentes, distribuidores o expendedores mayoristas. El ajuste periódico de cupos se reglamentará con base en los siguientes factores
Nivel general de ventas en el periodo evaluado.
Nivel promedio de ventas registrado por cada agente, distribuidor o expendedor mayorista en el mismo periodo.
Proyección de ventas de la entidad para el periodo posterior.
La evaluación y proyección de ventas de sorteos ordinarios y el consiguiente ajuste de cupos de que trata el presente artículo, deberá ser bimensual.
En los sorteos extraordinarios, dicha actividad deberá ser realizada con posterioridad a cada sorteo.