Micelio

Artículo 1

Los Empleados Públicos Que Se Encuentran Vinculados Al Instituto De Medicina Legal Y Ciencias Forenses Que No Han Sido Incorporados A La Planta De Personal Que Se Adopte Con Base En El Régimen Salarial Y Prestacional Establecido En El Decreto 4669 De 2006, Tendrán Derecho A Un Reajuste En La Asignación Básica Mensual Para El Año 2007, Correspondiente Al Cuatro Punto Cinco Por Ciento (4

Decreto 1684 de 2007 · por el cual se dictan normas sobre el régimen salarial y prestacional para los servidores públicos del Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Los empleados públicos que se encuentran vinculados al Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses que no han sido incorporados a la planta de personal que se adopte con base en el régimen salarial y prestacional establecido en el Decreto 4669 de 2006, tendrán derecho a un reajuste en la asignación básica mensual para el año 2007, correspondiente al cuatro punto cinco por ciento (4.5%) calculado sobre la asignación básica señalada al empleo que desempeñaba a 31 de diciembre del año 2006. En adelante, y mientras se efectúa la incorporación prevista en el Decreto 4669 de 2006, las asignaciones básicas reajustadas en el presente decreto servirán de base para la liquidación y reconocimiento de los demás beneficios previstos en el régimen salarial y prestacional aplicable a los servidores del Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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