Artículo segundo. A partir del primero (1°) de octubre del año en curso, créanse los cargos cuya remuneración mensual en cada caso se indica, en los siguientes establecimientos dependientes del Ministerio de Justicia: Colonia Penal y Agrícola del Sur - Araracuara. 1 Bulldozero, con $ 700.00. 1 Jefe de Talleres, con $ 380.00. Centro de Observación de Menores. 1 Jefe de Talleres de Mecánica, con $ 200.00
Decreto 2690 de 1955 →Vigente
Artículo 2
Decreto 2690 de 1955 · Por el cual se suprimen unos cargos y se crean otros en las dependencias del Ministerio de Justicia
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.