Micelio

Artículo 26

Todo Recaudador Deberá Expedir A Favor De La Persona O Personas De Quienes Reciba Fondos Departamentales, El Recibo O Recibos Correspondientes, Con Los Datos, En La Forma Y Mediante Los Requisitos Y Modalidades, Que Establezca La Auditoría Fiscal

Decreto 3421 de 1965 · por el cual se expide el presupuesto de rentas y gastos del Departamento de La Guajira para la vigencia fiscal entre el 1º de enero y el 31 de diciembre de 1966 y se dictan otras disposiciones.

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El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Todo recaudador deberá expedir a favor de la persona o personas de quienes reciba fondos departamentales, el recibo o recibos correspondientes, con los datos, en la forma y mediante los requisitos y modalidades, que establezca la Auditoría Fiscal.

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 3421 de 1965