Artículo undécimo. El Director tendrá las siguientes funciones
Ejercer la personería jurídica del Instituto Nacional de Nutrición.
Dirigir el funcionamiento técnico y administrativo del Instituto.
Cumplir y hacer cumplir las disposiciones legales sobre planeación económica, social y administrativa, y sobre personal y presupuesto que rijan para los establecimientos públicos descentralizados.
Elaborar y presentar ante la Junta Directiva los proyectos de estructura orgánica, de estatutos y de reglamentos de funcionamiento del Instituto, a fin de que ésta los estudie y les de su aprobación.
Nombrar y remover la planta de personal cuyo nombramiento y remoción le delegue la Junta Directiva.
Imponer sanciones disciplinarias al personal de planta del instituto, cuando se haga acreedor, a ello.
Elaborar los planes y programas de investigación, de enseñanza y de nutrición aplicada que debe desarrollar el instituto, y presentar tales planes y programas a1 estudio y aprobación de la Junta Directiva.
Elaborar el proyecto de presupuesto, anual del Instituto, y presentarlo al estudio y aprobación de la Junta Directiva, así como las modificaciones a que hubiere lugar.
Ejecutar el Presupuesto del Instituto Nacional de Nutrición.
Suscribir los actos y contratos destinados a cumplir los fines del Instituto, sin necesidad de aprobación de la Junta Directiva cuando la cuantía no exceda de cincuenta mil pesos ($ 50.000.00), y con su aprobación, cuando excedan de dicha cuantía.
Estudiar la conveniencia de crear nuevas, seccionales, o ampliar las ya existentes, y proponerlo a la Junta Directiva para, su aprobación.
Proponer la Junta Directiva las modificaciones a la planta de personal, que considere necesarias.
Promover y orientar la participación del Instituto en actividades científicas relacionadas' con nutrición y alimentación.
Elaborar, y presentar' a la Junta Directiva un informe1 general anual en el curso del primer trimestre, sobre el desarrollo y la evaluación de los' programas llevados a cabo- por el Instituto el año inmediatamente anterior.
Actuar como Secretario Ejecutivo de la Junta Directiva y como Secretario del Comité Nacional Técnico de Alimentación y Nutrición.
Dirigir los Programas Integrados de Nutrición Aplicada (PINA1), de conformidad con el Decreto 566 de 1962, y con las demás disposiciones que lo adicionen o modifiquen.
Someter al estudio y decisión de la Junta. Directiva todos los asuntos relacionados con la dirección y la administración .y del Instituto que así lo requieran.
Las demás funciones que le asigne la Junta Directiva en el futuro.