Micelio

Artículo 37

Para La Imposición De Las Sanciones De Que Tratan Los Artículo 11 Y 12 De La Ley, Con Excepción De La Prisión, Que Se Impondrá Por Las Autoridades Y De Acuerdo Con El Procedimiento Señalado En El Artículo 34 De Este Decreto, Se Observará El Siguiente Procedimiento Iniciarán La Investigación Administrativa Correspondiente Los Secretarios O Directores Departamentales, Distritales, Intendenciales O Comisariales De Salud Pública, En Virtud De Denuncio, Informe O Queja, O De Oficio, Y Oirán En Descargos Al Presunto Infractor

Decreto 605 de 1963 · Por el cual se reglamenta la Ley 14 de 1962, que dicta normas relativas al ejercicio de la medicina y la cirugía

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Para la imposición de las sanciones de que tratan los Artículo 11 y 12 de la Ley, con excepción de la prisión, que se impondrá por las autoridades y de acuerdo con el procedimiento señalado en el Artículo 34 de este Decreto, se observará el siguiente procedimiento iniciarán la investigación administrativa correspondiente los Secretarios o Directores Departamentales, Distritales, Intendenciales o Comisariales de Salud Pública, en virtud de denuncio, informe o queja, o de oficio, y oirán en descargos al presunto infractor. Si este invocare pruebas a su favor, ellas deberán solicitarse y presentarse dentro de los cinco (5) días siguientes de la fecha de su declaración, y se practicaran dentro de los diez (10) días siguientes a la fecha en que fueren pedidas. Una vez practicadas todas las pruebas, los funcionarios mencionados remitirán las diligencias al Ministerio de Salud Pública (Consejo Nacional de Profesiones Médicas y Auxiliares), para su estudio y decisión.

Parágrafo

En la tramitación de estos negocios, los Secretarios o Directores Departamentales, Distritales; Intendenciales o Comisariales de Salud Pública, podrán comisionar a los funcionarios de sus dependencias, o solicitar la colaboración de las autoridades de Policía para la práctica de pruebas y demás diligencias tendientes al esclarecimiento de los hechos a que se investiguen.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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