Art. 1.° El Gobierno, en su propio nombre y á nombre de la Nación que representa, hace el voto que aquel Prelado propone, esto es, el de cooperar á la pronta edificación de la iglesia que en honor del Sagrado Corazón de Jesús se ha empezado á levantar en esta ciudad.
Decreto 820 de 1902 →Vigente
Artículo 1
Decreto 820 de 1902 · por el cual se dispone la celebración de una solemnidad religiosa.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.