Micelio

Artículo 16

Ley 89 de 1948 · Sobre organización electoral

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

La misión técnica a que se refiere el artículo 14 de esta Ley deberá preparar también, en colaboración con el Registrador Nacional, el proyecto de ley orgánica del Registro Civil en todo el país. En la elaboración de dicho proyecto se oirá, igualmente, el concepto del Director Nacional de Estadística, con el objeto de obtener que el Registro del Estado Civil suministre una base adecuada para la confección de las estadísticas demográficas.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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