Micelio

Artículo 1

Reorganízase La Sección 1ª De La Gendarmería Nacional, Con El Siguiente Personal: Un Jefe, Con El Sueldo Mensual De Noventa Pesos ($ 90); Un Capitán, Un Teniente, Dos Subtenientes, Diez Gendarmes De Primera Y Ciento Cuarenta De Segunda Clase

Decreto 614 de 1910 · Por el cual se reorganiza la Sección 1a de la Gendarmería Nacional y se reorganizan las Secciones 11 y 13 de la misma

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Reorganízase la Sección 1ª de la Gendarmería Nacional, con el siguiente personal: Un Jefe, con el sueldo mensual de noventa pesos ($ 90); un Capitán, un Teniente, dos Subtenientes, diez gendarmes de primera y ciento cuarenta de segunda clase.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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