Micelio

Artículo 10

Decreto 1220 de 1977 · Por el cual se aprueba la reforma de los estatutos del fondo nacional de caminos vecinales

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

La Junta Directiva puede sesionar válidamente con la mayoría absoluta de sus miembros y sus decisiones las tomará con la mayoría de los asistentes.

Parágrafo

primero. Las decisiones que sobrepasen la suma de $ 1.000.000.00 deben contar con el voto favorable e indelegable del señor Ministro de Obras Públicas y Transporte.

Parágrafo

segundo. La Junta Directiva podrá establecer dentro de su seno, comisiones para trabajos o estudios especiales.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1220 de 1977