º. Hácense los siguientes traslados en el Presupuesto de Gastos, para la vigencia fiscal de 1977: Contracréditos. Presupuesto de Funcionamiento. Departamento Administrativo Nacional de Estadística. CAPITULO 1 Dirección Superior. Servicios Personales. Claves: 115 4 11. Artículo 0203. Sueldos de personal supernumerario $ 7.889.000 CAPITULO 2 Información Técnico Estadística. Servicios Personales. Artículo 0203. Sueldos de personal supernumerario 21.820.000 CAPITULO 3 Procesamiento de Información. Servicios Personales. Artículo 0203. Sueldos de personal supernumerario 7.687.000 CAPITULO 4 Análisis Socio-Económicos. Servicios Personales. Artículo 0203. Sueldos de personal supernumerario 10.388.000 Suman los contracreditos $ 47.784.000 Créditos. Departamento Administrativo Nacional de Estadística . CAPITULO 1 Dirección Superior. Servicios Personales. Claves: 115 2 11. Artículo 0201. Sueldo de personal de nómina $ 7.889.000 CAPITULO 2 Información Técnico-Estadística. Servicios Personales. Artículo 0201. Sueldo de personal de nómina 21.830.000 CAPITULO 3 Procesamiento de información. Servicios Personales. Artículo 0201. Sueldo de personal de nómina 7.687.000 CAPITULO 4 Análisis Socio-Económicos. Servicios Personales. Artículo 0201. Sueldo de personal de nómina 10.388.000 Suman los contracreditos $ 47.784.000
Decreto 934 de 1977 →Vigente
Artículo 1
Hácense Los Siguientes Traslados En El Presupuesto De Gastos, Para La Vigencia Fiscal De 1977: Contracréditos
Decreto 934 de 1977 · Por los cuales se hacen unos traslados en el Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1977 (Departamento Administrativo de Nacional de Estadística), por $ 47.784.000.00
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.