Micelio

Artículo 13

Modifíquese El Artículo 2

Decreto 1494 de 2021 · Por el cual se modifica la Parte 7 del Libro 2 del Decreto 1 068 de 2015, Único Reglamentario del Sector Hacienda y Crédito Público, para adoptar medidas frente al monopolio rentístico de juegos de suerte y azar

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Modifíquese el artículo 2 .7.2.5.4 del Decreto 1068 de 2015, el cual quedará así: “Articulo 2.7.2.5.4. Rentabilidad mínima del juego de apuestas permanentes o chanceo De conformidad con el artículo 24 de la Ley 643 de 2001, modificado por el artículo 60 de la Ley 1955 de 2019, la rentabilidad mínima del juego de apuestas permanentes o chance para cada concesionario será el valor pagado por concepto de derechos de explotación en el año contractual inmediatamente anterior, para lo cual, la única referencia serán los ingresos brutos del juego. El Consejo Nacional de Juegos de Suerte y Azar (CNJSA), expedirá el formulario para el cálculo de la rentabilidad mínima".

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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