Micelio

Artículo 1

Decreto 1367 de 1964 · Por el cual se reglamenta la Ley 149 de 1959

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo primero. El Capitolio Nacional es un inmueble de propiedad de la Nación, destinado exclusivamente a los servicios, instalaciones y dependencias del Congreso, y no podrá ser ocupado para reuniones, conferencias o actividades distintas a las de su normal funcionamiento.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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